jueves, 15 de mayo de 2008

LOS INCOTERMS



Las reglas que reciben el nombre de Incoterms fueron publicadas por
primera vez en el año 1936 por la Cámara de Comercio Internacional
y, habiendo sido modificadas desde entonces, su última versión es la de
los Incoterms 2000.

Los Incoterms son reglas internacionales para la interpretación de los
términos comerciales más utilizados en las transacciones internacionales,
cuyo alcance se limita a los derechos y obligaciones de las partes en un
contrato de compraventa, y a la relación entre vendedores y compradores
en dicho contrato con respecto a la entrega de las mercancías vendidas.
No obstante, los Inconterms no agotan todos los términos contractuales
que requiere un contrato de compraventa.
Síntesis de los diferentes
Incoterms
EXW (Ex Work–en Fábrica) (... lugar convenido)
El vendedor considera realizada la entrega de la mercancía cuando la pone
a disposición del comprador en su local comercial (taller, fábrica, etc.) o
en el lugar convenido en el contrato, sin despacharla para la exportación
ni cargarla en un vehículo receptor.
Este término implica las menores obligaciones del vendedor en un
contrato de compraventa.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial para la exportación.
c) Poner a disposición del comprador la mercancía en el punto
específico, si lo hay, del lugar de entrega convenido, sin cargar el
vehículo receptor, en la fecha o dentro del período acordados, o en
la fecha usual de entrega de esa mercancía.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
su entrega al comprador según lo convenido.
e) Pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento de
su entrega de conformidad con lo pactado.
f) Comunicar con suficiente antelación al comprador el momento y el
lugar donde pondrá a su disposición la mercancía.
g) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para poner a disposición del
comprador la mercancía.
h) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión), en la medida en que las
circunstancias del transporte le hayan sido reveladas antes de la
conclusión del contrato de compraventa.
i) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico
equivalente, emitido o transmitido en el país de entrega y/o origen,
que el comprador pueda requerir para la exportación y/o
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación e importación u otra autorización oficial y realizar,
cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación
de las mercancías.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
incluida la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

FCA (Free Carrier-Franco Transportista) (... lugar convenido)
El vendedor entrega la mercancía despachada para la exportación al
transportista nombrado por el comprador, en el lugar convenido en el
contrato.
Este término admite cualquier modo de transporte, incluyendo el
multimodal.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de
compraventa, así como cualquier otra prueba de conformidad que
pueda exigir dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las
mercancías.
c) Si es requerido por el comprador o si es práctica comercial y el
comprador no da instrucciones en sentido contrario con la debida
antelación, el vendedor puede contratar el transporte en las
condiciones usuales, a riesgo y expensas del comprador.
d) Entregar la mercancía al transportista o a otra persona designada
por el comprador o elegida por el vendedor de conformidad con el
inciso anterior, en el lugar convenido y en la fecha o dentro del
período acordado para la entrega.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
su entrega de conformidad con el apartado anterior.
f) Pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta el momento
de su entrega de conformidad con lo pactado.
g) Dar al comprador aviso suficiente de la entrega de la mercancía.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión), en la medida en que las
circunstancias del transporte le hayan sido reveladas antes de la
conclusión del contrato de compraventa.
j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico
equivalente, emitido o transmitido en el país de entrega y/o origen,
que el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía y, si es necesario, para su tránsito por cualquier país.
k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
c) Contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía
desde el lugar convenido, excepto si el transporte es contratado por
el vendedor de conformidad con el literal c anterior.
d) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.
h) Dar el vendedor las instrucciones adecuadas cuando se requiera la
ayuda de éste último para contratar el transporte, según la
obligación del vendedor descrita en el inciso c anterior.

FAS (Free alongside Ship-Franco al costado del buque) (...puerto
de carga convenido)
El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando ésta es colocada al
costado del buque, en el puerto de embarque convenido.
Sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías de navegación
interiores.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las
mercancías.
c) Poner la mercancía al costado del buque designado por el
comprador, en el lugar de carga fijado por el comprador en el puerto
de embarque convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado y
en la forma acostumbrada en el puerto.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
su entrega de conformidad con el apartado anterior.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada al costado del buque designado.
g) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
h) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión), en la medida en que las
circunstancias del transporte le hayan sido reveladas antes de la
conclusión del contrato de compraventa.
i) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de
entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
j) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
c) Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía
desde el puerto de embarque convenido.
d) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el
punto de carga y la fecha de entrega a respetar.
h) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
incluida la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

FOB (Free on Board–Franco a Bordo) (… puerto de carga
convenido)

El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando ésta sobrepasa la
borda del buque, en el puerto de embarque convenido.
Sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías de navegación
interiores.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las
mercancías.
c) Entregar la mercancía a bordo del buque designado por el
comprador en el puerto de embarque convenido, en la fecha o
dentro del plazo acordado, y en la forma acostumbrada en el puerto.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sobrepasado la borda del buque, en el
puerto de embarque convenido.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada según lo pactado.
g) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
h) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión), en la medida en que las
circunstancias del transporte le hayan sido reveladas antes de la
conclusión del contrato de compraventa.
i) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de
entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
j) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
c) Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía
desde el puerto de embarque convenido.
d) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al vendedor aviso suficiente sobre el nombre del buque, el
punto de carga y la fecha de entrega a respetar.
h) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

CFR (Cost and Freight–Costo y Flete) (… puerto de destino
convenido)

El vendedor concreta la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda
del buque en el puerto de embarque convenido.
Sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías de navegación
interiores.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las
mercancías.
c) Contratar, en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el
transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la
ruta usual, en un buque de navegación marítima (o un buque de
navegación interior, según el caso) del tipo normalmente empleado
para el transporte de la mercancía.
d) Entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque
convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sobrepasado la borda del buque, en el
puerto de embarque convenido.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada según lo pactado.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión).
j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de
entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la
mercancía y/o el puerto de destino, dar al vendedor aviso suficiente
al respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

CIF (Cost, Insurance and Freight– Costo, Seguro y Flete) (…puerto
de destino convenido)

El vendedor cumple su obligación de entrega cuando la mercancía
sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido.
Sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías de navegación
interiores.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las
mercancías.
c) Contratar en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el
transporte de la mercancía al puerto de destino convenido, por la
ruta usual, en un buque de navegación marítima (o un buque de
navegación interior, según el caso) del tipo normalmente empleado
para el transporte de la mercancía.
d) Obtener, a sus propias expensas, un seguro de la carga según lo
acordado en el contrato, que faculte al comprador, o a cualquier
otra persona que tenga un interés asegurable sobre la mercancía,
para reclamar directamente al asegurador y proporcionar al
comprador la póliza de seguro u otra prueba de la cobertura del
seguro.
e) Entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque
convenido, en la fecha o dentro del plazo acordado.
f) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sobrepasado la borda del buque, en el
puerto de embarque convenido.
g) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
h) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada según lo pactado.
i) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
j) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión).
k) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de
entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
l) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro complementario.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento de embarcar la
mercancía y/o el puerto de destino, dar al vendedor aviso suficiente
al respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

CPT (Carrier Paid To–Transporte pagado hasta) (... lugar de
destino convenido)

El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a
disposición del transportista designado por él.
Este término admite cualquier modo de transporte, incluyendo el
multimodal.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las
mercancías.
c) Contratar, en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el
transporte de la mercancía al punto de destino convenido, por la
ruta usual y en la forma convenida.
d) Entregar la mercancía al transportista contratado o, si hay
porteadores sucesivos, al primer porteador, para el transporte hasta
el punto acordado en el lugar convenido y en la fecha o dentro del
período acordados.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada al transportista contratado
o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada según lo pactado.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión).
j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de
entrega y/o origen que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada al transportista
contratado o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador,
según lo pactado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la
mercancía y/o el destino, dar al vendedor aviso suficiente al
respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

CIP (Carrier and Insurance Paid To-Transporte y Seguro Pagado
hasta) (... lugar de destino convenido)

El vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a
disposición del transportista designado por él mismo.
Este término admite cualquier modo de transporte, incluyendo el
multimodal.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la exportación de las
mercancías.
c) Contratar, en las condiciones usuales y a sus propias expensas, el
transporte de la mercancía al punto de destino convenido, por la
ruta usual y en la forma convenida.
d) Obtener, a sus propias expensas, un seguro de la carga según lo
acordado en el contrato, que faculte al comprador, o a cualquier
otra persona que tenga un interés asegurable sobre la mercancía,
para reclamar directamente al asegurador y proporcionar al
comprador la póliza de seguro u otra prueba de la cobertura del
seguro.
e) Entregar la mercancía al transportista contratado o, si hay
porteadores sucesivos, al primer porteador, para el transporte hasta
el punto acordado en el lugar convenido y en la fecha o dentro del
período acordados.
f) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada al transportista contratado
o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador.
g) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
h) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada según lo pactado.
i) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
j) Proporcionar a sus propias expensas el embalaje requerido para el
transporte de las mercancías (si es usual en el tráfico específico
embalar las mercancías en cuestión).
k) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente emitido o transmitido en el país de
entrega y/o origen, que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
l) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro complementario.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su tránsito por cualquier país.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada al transportista
contratado o, si hay porteadores sucesivos, al primer porteador,
según lo pactado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento de expedir la
mercancía y/o el destino, dar al vendedor aviso suficiente al
respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

DAF (Delivered at Frontier–Entregada en frontera) (... lugar
convenido)

El vendedor realiza la entrega
cuando la mercancía es puesta a
disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados y no
descargados, en el punto y lugar de la frontera convenidos, pero antes de
la aduana fronteriza del país colindante.
Este termino puede ser utilizado con independencia del modo de
transporte, cuando la mercancía deba entregarse en una frontera
terrestre.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial, así como cualquier otro
documento necesario para poner la mercancía a disposición del
comprador, y realizar, cuando sea pertinente, los trámites
aduaneros para la exportación de las mercancías hasta el lugar de
entrega convenido en la frontera y para su tránsito a través de
cualquier país.
c) Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al
punto convenido, si lo hay, en el lugar de entrega en la frontera.
d) Poner a disposición del comprador la mercancía en los medios de
transporte utilizados y no descargados, en el lugar de entrega
convenido en la frontera y en la fecha o dentro del período
acordados.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al comprador aviso suficiente de que la mercancía ha sido
entregada según lo pactado.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje requerido para
entregar las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar
las mercancías en cuestión) en la frontera y para el transporte
posterior, si las circunstancias de éste han sido dadas a conocer al
vendedor antes de la conclusión del contrato de compraventa.
j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier documento o
mensaje electrónico equivalente, emitido o transmitido en el país de
entrega y/o origen que el comprador pueda requerir para la
importación de la mercancía y, si es necesario, para su tránsito por
cualquier país.
k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías y para su transporte posterior.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada según lo acordado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del
período acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el
lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

DES (Delivered Ex Ship–Entregada sobre buque) (... puerto de
destino convenido)

El vendedor realiza la entrega
cuando la mercancía es puesta a
disposición del comprador a bordo del buque, no despachada de aduana
para la importación, en el puerto de destino convenido.
Este termino puede ser utilizado sólo cuando la mercancía deba
entregarse a bordo de un buque en el puerto de destino, después de un
transporte por mar, por vía de navegación interior o por un transporte
multimodal.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial, así como cualquier otro
documento necesario para poner la mercancía a disposición del
comprador, y realizar, cuando sea pertinente, los trámites
aduaneros para la exportación de las mercancías hasta el lugar de
entrega convenido en la frontera y para su tránsito a través de
cualquier país.
c) Contratar, por su propia cuenta, el transporte de la mercancía al
punto convenido, si lo hay, en el puerto de destino convenido.
d) Poner a disposición del comprador la mercancía a bordo del buque,
en el punto de descarga del puerto de destino convenido, en la
fecha o dentro del período acordados, de modo que puedan ser
levantadas del buque por medios de descarga apropiados a la
naturaleza de la mercancía.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al comprador aviso suficiente del momento estimado de llegada
del buque designado para el transporte de la mercancía.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje requerido para
entregar las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar
las mercancías en cuestión).
j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico
equivalente, emitido o transmitido en el país de expedición y/o
origen, que el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía.
k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada según lo acordado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del
período acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el
puerto de destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al
respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

DEQ (Delivered Ex Quay–Entregada en muelle) (... puerto de
destino convenido)

El vendedor realiza la entrega
cuando la mercancía es puesta a
disposición del comprador, no despachada de aduana para la importación,
en el muelle (desembarcadero) del puerto de destino convenido.
Este termino puede ser utilizado sólo cuando la mercancía sea entregada,
después de su transporte por mar, por vías de navegación interior o por
transporte multimodal, y descargada del buque sobre el muelle
(desembarcadero) en el puerto de destino convenido.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial o documento, y realizar,
cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación
de las mercancías y para su tránsito a través de cualquier país.
c) Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al
muelle (desembarcadero) convenido, si lo hay, en el puerto de
destino convenido.
d) Poner a disposición del comprador la mercancía en el muelle
(desembarcadero) convenido del puerto de destino convenido, en la
fecha o dentro del período acordados.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al comprador aviso suficiente del momento estimado de llegada
del buque designado para el transporte de la mercancía.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje requerido para
entregar las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar
las mercancías en cuestión).
j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico
equivalente, emitido o transmitido en el país de expedición y/o
origen, que el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía.
k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada según lo acordado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del
período acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el
puerto de destino convenido, dar al vendedor aviso suficiente al
respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

DDU (Delivered Duty Unpaid–Entregada, derechos no pagados) (...
lugar de destino convenido)
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición
del comprador, no despachada de aduana para la importación y no
descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino
convenido.
Este termino puede ser utilizado con independencia del modo de
transporte.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación u otra autorización oficial o documento, y realizar,
cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la exportación
de las mercancías y para su tránsito a través de cualquier país.
c) Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al
punto concreto, si lo hay, del lugar de destino convenido.
d) Poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona
designada por éste, sobre los medios de transporte utilizados y no
descargados, a su llegada al lugar de destino convenido, en la fecha
o dentro del período acordados para la entrega.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al comprador aviso suficiente de la expedición de la mercancía.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje requerido para
entregar las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar
las mercancías en cuestión).
j) Prestar, a petición, riesgo y expensas del comprador, la ayuda
precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico
equivalente, emitido o transmitido en el país de expedición y/o
origen, que el comprador pueda requerir para la importación de la
mercancía.
k) Proporcionar al comprador, a petición de éste, la información
necesaria para obtener un seguro.
Pág. 18/21
Page 19
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial y realizar, cuando sea
pertinente, los trámites aduaneros para la importación de las
mercancías.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada según lo acordado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del
período acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el
lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.

DDP (Delivered Duty Paid–Entregada, derechos pagados) (...lugar
de destino convenido)

El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta a disposición
del comprador, despachada de aduana para la importación y no
descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino
convenido.
Este termino representa la obligación máxima que puede contraer el
vendedor; y puede ser utilizado
con independencia del modo de
transporte.
Obligaciones del Vendedor:
a) Suministrar la mercancía y la factura comercial (o su mensaje
electrónico equivalente) de acuerdo con el contrato de compraventa,
así como cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir
dicho contrato.
b) Obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de
exportación e importación u otra autorización oficial o documento, y
realizar, cuando sea pertinente, los trámites aduaneros para la
exportación de las mercancías, para su tránsito a través de
cualquier país y para su importación.
c) Contratar, a sus propias expensas, el transporte de la mercancía al
punto concreto, si lo hay, del lugar de destino convenido.
d) Poner la mercancía a disposición del comprador o de otra persona
designada por éste, sobre los medios de transporte utilizados y no
descargados, a su llegada al lugar de destino convenido, en la fecha
o dentro del período acordados para la entrega.
e) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta
el momento en que haya sido entregada de conformidad con lo
pactado.
f) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía hasta el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
g) Dar al comprador aviso suficiente de la expedición de la mercancía.
h) Pagar los gastos de las operaciones de verificación (calidad,
medidas, peso, etc.) necesarias para entregar la mercancía de
conformidad con lo pactado.
i) Proporcionar, a sus propias expensas, el embalaje requerido para
entregar las mercancías (si es usual en el tráfico específico embalar
las mercancías en cuestión).
Obligaciones del Comprador:
a) Pagar el precio de la mercancía, según lo previsto en el contrato.
b) Prestar al vendedor, a petición, riesgo y expensas de éste, la ayuda
precisa para obtener, cuando sea pertinente, cualquier licencia de
importación u otra autorización oficial necesaria para la importación
de las mercancías.
c) Recibir la entrega de la mercancía cuando ésta haya sido entregada
de conformidad con lo pactado.
d) Soportar todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde
el momento en que ésta haya sido entregada según lo acordado.
e) Pagar todos los gastos relacionados con la mercancía desde el
momento en que ésta se entrega de conformidad con el contrato.
f) Cuando esté autorizado para determinar el momento, dentro del
período acordado, y/o el punto de recepción de la entrega en el
lugar convenido, dar al vendedor aviso suficiente al respecto.
g) Pagar los gastos de cualquier inspección previa al embarque,
excepto la inspección ordenada por las autoridades del país de
exportación.
h) Prestar al vendedor, a petición, riesgo y expensas de éste, la ayuda
precisa para obtener cualquier documento o mensaje electrónico
equivalente, emitido o transmitido en el país de importación, que el
vendedor pueda requerir para poner la mercancía a disposición del
comprador.

No hay comentarios: